Paros por Alertas Oficiales (RD-ley 4/2023): La normativa prohíbe la realización de determinadas tareas durante las horas del día en las que se den fenómenos meteorológicos adversos extremos.
- Alerta Naranja o Roja: Cuando las agencias oficiales emitan avisos de este nivel, es totalmente obligatorio adaptar las condiciones de trabajo, lo que incluye la reducción o modificación de las horas de la jornada prevista en el centro.
- Paro de actividad: Si las medidas organizativas previas no garantizan la protección total del operario en zonas expuestas (como campas o muelles descubiertos), la actividad debe paralizarse por completo de manera retribuida.